Desde los tiempos apostólicos, ciertas personas ordenadas han sido apartadas y se les ha confiado la tarea de defender la fe apostólica y supervisar y dirigir a la iglesia en su misión de hacer discípulos de Jesucristo y difundir la santidad bíblica en todo el mundo (¶ 301). Aunque es compartida por todo el pueblo de Dios, esta tarea apostólica se expresa más claramente en el oficio histórico del episkopos (que significa supervisor) u obispo. El Iglesia Metodista Global está dirigido, equipado y supervisado por un episcopado modelado según el de los primeros siglos del cristianismo y que proviene de la línea histórica de los obispos metodistas.
Compartimos la convicción de John Wesley de que los obispos y los ancianos forman parte del mismo orden del Nuevo Testamento. Por lo tanto, los obispos en el sitio web Iglesia Metodista Global representan un ministerio especializado más que un orden separado y son consagrados más que ordenados a su cargo. La función de obispo es una confianza sagrada que se ejerce durante un tiempo, tal como lo permite el Libro Transitorio de Doctrinas y Disciplina de nuestra iglesia. No es un cargo vitalicio.
Thomas Coke y Francis Asbury, los primeros obispos metodistas de América, ejemplificaron un espíritu evangelizador y misionero que confiamos sea compartido por todos los obispos en la Iglesia Metodista Global. El oficio episcopal debe mantenernos implacablemente enfocados hacia el exterior, hacia nuestro campo de misión. Nuestros obispos no deben apoyarse en los adornos del cargo eclesial, sino guiarnos desde un amor auténtico, humilde y evangelizador por Dios y el prójimo.
El lugar principal de liderazgo de servicio del obispo será la conferencia o conferencias anuales de nuestra iglesia. Cuando se reúnen, los obispos de la Iglesia Metodista Global comprenden una superintendencia general que dirige nuestra iglesia en asuntos espirituales y temporales. Además de residir en el cargo de obispo, la tarea de superintendencia en el Iglesia Metodista Global se extiende al anciano presidente (superintendente de distrito), y cada uno posee responsabilidades distintas y colegiadas.
Los obispos son elegidos de entre los que forman parte del orden de los ancianos y son apartados para un ministerio de liderazgo de servicio visionario, de supervisión general y de apoyo a la Iglesia en su misión. Como seguidores de Jesucristo, los obispos están encargados de custodiar la fe, el orden, la liturgia, la doctrina y la disciplina de la Iglesia. La base de tal discipulado de liderazgo radica en una vida caracterizada por la integridad personal, las disciplinas espirituales y la unción y el poder del Espíritu Santo. Los obispos deberán ser personas de fe genuina, de carácter moral íntegro, y poseer el don de estímulo, un espíritu vital y renovador, y poseer una visión atractiva para la iglesia. Los candidatos al episcopado también deben tener un sólido historial de eficacia en la dirección de la iglesia en la evangelización, el discipulado y la misión, y deberán estar inquebrantablemente comprometidos con la defensa de las doctrinas y la política de nuestra iglesia, capaces de enseñar y comunicar eficazmente la fe cristiana histórica desde una perspectiva wesleyana. (Juan 21:15-17; Hechos 20:28; 1 Pedro 5:2-3; 1 Timoteo 3:1-7)
Como superintendentes generales de la Iglesia, a los obispos se les confían las siguientes responsabilidades:
1. Dirigir y supervisar los asuntos espirituales y temporales de la Iglesia Metodista Global que confiesa a Jesucristo como Señor y Salvador, y particularmente dirigir la Iglesia en su misión de testimonio y servicio en el mundo.
2. Custodiar, transmitir, enseñar y proclamar, corporativa e individualmente, la fe apostólica tal y como se expresa en la Escritura y la tradición desde una perspectiva wesleyana.
3. Defender, comunicar, mantener y hacer cumplir el orden, las doctrinas y las disciplinas de la iglesia, tal y como se establece en este Libro Transitorio de Doctrinas y Disciplinas.
4. Presidir las Conferencias Generales, Regionales y Anuales según se le asigne.
5. Consagrar a los obispos, ordenar a los ancianos y diáconos y comisionar a los misioneros, inscribiendo los nombres de esas personas en los registros correspondientes y proporcionando las credenciales apropiadas a cada uno. Como estos servicios son actos de toda la Iglesia, el texto y las rúbricas se utilizarán en la forma aprobada por la Conferencia General.
6. Promover, apoyar y modelar el dar cristiano generoso, con especial atención a la enseñanza de los principios bíblicos del dar.
7. Proporcionar enlace y liderazgo en la búsqueda de la unidad cristiana en el ministerio y la misión y en la búsqueda de relaciones reforzadas con otras comunidades de fe vivas.
8. Promover y apoyar el testimonio evangelizador de toda la Iglesia.
9. Recorrer la conexión en general para implementar la estrategia misional de la Iglesia Metodista Global y fomentar las relaciones con otras áreas de la conexión.
Dentro de la vida de la conferencia anual a la que están asignados, los obispos tienen encomendadas las siguientes responsabilidades:
1. Trabajar con los líderes de la conferencia anual para establecer una visión y construir una estrategia misionera clara y articulada para la conferencia. Esta estrategia debe incluir planes de acción y puntos de referencia dirigidos al avance del Reino de Cristo a través de iniciativas relacionadas con el establecimiento de nuevas comunidades de fe, el crecimiento de congregaciones vitales, la formación de discípulos maduros de Jesucristo y el servicio en los ministerios de justicia y misericordia.
2. Alentar, inspirar y motivar al clero, a los laicos y a las iglesias de la conferencia anual para que adopten y pongan en práctica la visión y la estrategia misionera de la conferencia anual, así como la visión y la misión de Iglesia Metodista Global.
3. Fortalecer las iglesias locales, dando liderazgo espiritual tanto a los laicos como al clero, y construir relaciones con la gente de las congregaciones locales del área episcopal.
4. Supervisar en general las operaciones fiscales y de programas de la(s) conferencia(s) anual(es). Esta supervisión puede incluir una investigación especial sobre el trabajo de los comités y agencias de la conferencia anual para asegurar que se sigan las disposiciones del Libro Transitorio de Doctrinas y Disciplina y las políticas y procedimientos de la conferencia anual y de la iglesia en general.
5. Garantizar un proceso justo para el clero y los laicos en todos los procedimientos administrativos y judiciales involuntarios a través de la supervisión de la actuación de los funcionarios, juntas y comités de la conferencia anual encargados de implementar dichos procedimientos (véase la Parte Nueve).
6. Formar los distritos después de consultar con los ancianos presidentes (superintendentes de distrito) y después de que una votación de la conferencia anual haya determinado el número de distritos.
7. Nombrar a los ancianos presidentes (superintendentes de distrito). 8. Reunir y supervisar a los ancianos presidentes (superintendentes de distrito) y a los oficiales de la conferencia, que constituirán el gabinete de la conferencia anual (¶ 507).
8. Hacer y fijar los nombramientos en las conferencias anuales como lo indica el Libro Transitorio de Doctrinas y Disciplina (¶ 508-513).
9. Dividir o unir un(os) circuito(s), estación(es) o misión(es) según se considere necesario para la estrategia misionera y luego hacer los nombramientos correspondientes.
10. 10. Transferir, a petición del obispo receptor, a los miembros del clero de una conferencia anual a otra, siempre y cuando dichos miembros estén de acuerdo con dicha transferencia; y enviar inmediatamente a los secretarios de ambas conferencias involucradas, a las Juntas Ministeriales de la conferencia y al Consejo de Liderazgo de Transición o su designado, las notificaciones escritas de la transferencia de los miembros.
11. Asegurarse de que se mantenga un registro apropiado de personal y de supervisión de todos los miembros del clero, tal como lo exige el Libro Transitorio de Doctrinas y Disciplina o la acción de la conferencia anual o del obispo. Se mantendrá un solo archivo para cada miembro, que contenga tanto información de personal como de supervisión. Los miembros del clero tendrán acceso a la totalidad de su expediente y tendrán derecho a añadir una respuesta a cualquier información contenida en el mismo.
12. Cumplir con los demás deberes que el Libro Transitorio de Doctrinas y Disciplina le indique.
1. La responsabilidad de proporcionar la compensación apropiada, el seguro médico, las contribuciones a la pensión y los gastos de viaje y de oficina para los obispos que sirven dentro de los Estados Unidos recaerá en la(s) conferencia(s) anual(es) a la(s) que ha sido asignado. Los obispos serán considerados como empleados de su(s) respectiva(s) conferencia(s) anual(es). El Consejo de Liderazgo Transitorio establecerá los importes de las compensaciones, ajustados a las diferencias regionales del coste de la vida y al salario medio de los pastores de la zona episcopal.
2. La responsabilidad de proporcionar la compensación adecuada, el seguro médico, las contribuciones a la pensión y los gastos de viaje y de oficina para los obispos que sirvan en un área episcopal fuera de los Estados Unidos será asumida por la iglesia general a través de asociaciones con las conferencias anuales de los Estados Unidos, aunque dichos obispos serán considerados empleados de alguna entidad dentro de su área episcopal. El Consejo de Liderazgo Transitorio establecerá los importes de las compensaciones, ajustados a las diferencias regionales del coste de la vida, al salario medio de los pastores de la zona episcopal y al tipo de cambio de la moneda.
3. Cada área episcopal dentro de los Estados Unidos se asociará con una o más áreas episcopales en otras partes del mundo para proporcionar los fondos necesarios para la oficina episcopal dentro de esas áreas. Dichos fondos se recaudarán en los Estados Unidos y pasarán a través de la iglesia general, designados para esa área episcopal. El Consejo de Liderazgo Transitorio organizará dichas asociaciones en función de los recursos financieros que cualquier conferencia estadounidense pueda proporcionar razonablemente. Cuando las asociaciones no proporcionen los recursos adecuados para cubrir los gastos de la oficina episcopal, se podrá utilizar la financiación de las conexiones de la Iglesia general para financiar los gastos episcopales según sea necesario.
4. Los gastos de los viajes episcopales fuera del área episcopal en nombre de la iglesia general, (por ejemplo, las reuniones del Consejo de Obispos) se pagarán con los fondos de la iglesia general, no con los fondos de la asociación de la conferencia.
1. Los ancianos presidentes (superintendentes de distrito) son ancianos en plena conexión nombrados por el obispo para el gabinete como una extensión de la función de superintendencia del obispo dentro de la conferencia anual. Sirven a voluntad del obispo y por un período específico de años que será determinado por la conferencia convocante.
En los casos en los que se forme una nueva conferencia anual provisional, el obispo consultará con el clero y los líderes laicos de la conferencia provisional con el fin de seleccionar a los ancianos presidentes (superintendentes de distrito).
2. En la selección de los ancianos presidentes (superintendentes de distrito), los obispos tendrán debidamente en cuenta el carácter inclusivo de la Iglesia Metodista Global (¶ 306).
1. Como extensión del oficio de obispo, el anciano presidente (superintendente de distrito) supervisará el ministerio total del clero y las iglesias en las comunidades del distrito en sus misiones de testimonio y servicio en el mundo. El anciano presidente (superintendente de distrito) es el administrador interino de cualquier cargo pastoral en el que se produzca una vacante pastoral o en el que no se haya nombrado un pastor. Como tal, el anciano presidente (superintendente de distrito) tiene las siguientes responsabilidades específicas:
2. Ser el principal estratega misionero del distrito y comprometerse a vivir los valores de la Iglesia, incluido el mandato de inclusión; modelar, enseñar y promover la generosidad cristiana; cooperar en el desarrollo de la unidad cristiana y los ministerios ecuménicos, multiculturales, multirraciales y de cooperación; y trabajar con personas de toda la Iglesia para desarrollar programas de ministerio y misión que extiendan el testimonio de Cristo al mundo.
3. Junto con el obispo, custodiar, transmitir, enseñar y proclamar, corporativa e individualmente, la fe apostólica tal y como se expresa en las Escrituras y la tradición desde una perspectiva wesleyana, comunicando y defendiendo las doctrinas y la disciplina de la iglesia tal y como se establece en este Libro Transitorio de Doctrinas y Disciplina.
4. Trabajar con el obispo y el gabinete en el proceso de nombramiento y asignación para el clero ordenado, o la asignación de ministros laicos calificados y capacitados.
5. Trabajar para desarrollar un sistema efectivo y funcional para el reclutamiento de candidatos al ministerio ordenado.
6. Establecer relaciones de trabajo con los comités de relaciones entre pastores y parroquias, el clero, los líderes laicos del distrito y otros líderes laicos, para desarrollar sistemas fieles y eficaces de ministerio dentro del distrito.
7. Servir de ejemplo de liderazgo espiritual viviendo una vida equilibrada y fiel, y animando tanto a los laicos como al clero a seguir creciendo en la formación espiritual.
8. Ofrecer apoyo, atención y consejo al clero en relación con los asuntos que afectan a su ministerio efectivo.
9. Fomentar la creación de grupos y comunidades de alianza tanto entre el clero y sus familias como entre los laicos del distrito.
10. Mantener un contacto regular con los miembros del clero del distrito para aconsejarlos y supervisarlos, y recibir informes escritos o electrónicos sobre la formación continua de cada miembro del clero, sus prácticas espirituales, su labor ministerial actual y sus objetivos para el ministerio futuro.
11. Mantener los registros apropiados de todo el clero designado o relacionado con los cargos del distrito (incluido el clero que ejerce el ministerio de extensión y el ministerio más allá de la iglesia local), así como los registros relativos a las propiedades, dotaciones y otros activos tangibles de la Iglesia Metodista Global dentro del distrito.
12. En consulta con el obispo y el gabinete, trabajar para desarrollar el mejor despliegue estratégico posible del clero en el distrito, incluyendo el reajuste de los cargos pastorales cuando sea necesario, y la exploración de parroquias más grandes, parroquias cooperativas, configuraciones de personal múltiple, nuevas comunidades de fe y ministerios ecuménicos compartidos.
13. Interpretar y decidir todas las cuestiones de derecho y disciplina de la Iglesia planteadas por las iglesias del distrito, con sujeción a la revisión del obispo residente de la conferencia anual.
14. Servir a gusto del obispo y asumir otras responsabilidades de liderazgo que el obispo determine para la salud y eficacia de las iglesias locales en el distrito y la conferencia anual.
1. Los ancianos presidentes (superintendentes de distrito), aunque están asignados a los distritos, también tienen responsabilidades en toda la conferencia. Así como todos los ministros ordenados son primero elegidos para ser miembros de una conferencia anual y posteriormente nombrados para cargos pastorales, los ancianos presidentes (superintendentes de distrito) se convierten, por su selección, en miembros de un gabinete antes de ser asignados posteriormente por el obispo para servir en los distritos.
2. El gabinete, bajo el liderazgo del obispo, es la expresión del liderazgo supervisor en y a través de la conferencia anual. Se espera que hable a la conferencia y en nombre de la conferencia sobre los asuntos espirituales y temporales que existen dentro de la región abarcada por la conferencia.
3. El gabinete debe consultar y planificar con la conferencia para hacer un análisis exhaustivo de las necesidades de la conferencia en cuanto a clero, implementando esta planificación con un esfuerzo positivo y consciente para cubrir estas necesidades.
4. Cuando el gabinete considere asuntos relacionados con la coordinación, la implementación o la administración del programa de la conferencia, y otros asuntos que el gabinete pueda determinar, se invitará a estar presentes al líder laico de la conferencia y a otros miembros del personal de la conferencia, según corresponda.
1. Antes de la convocatoria de la Conferencia General de la Iglesia Metodista Global, se espera que se mantengan los nombramientos de los clérigos que sirven a las congregaciones en las que ambos hacen la transición a la Iglesia Metodista Global , a menos que sea necesario un cambio por enfermedad, situación familiar, fallecimiento, elección del estatus de anciano, mala conducta del clérigo o exigencias financieras de la congregación.
2. Con el fin de fortalecer y capacitar a la iglesia local para llevar a cabo eficazmente su misión para Cristo en el mundo, el clero será nombrado por el obispo, quien está facultado para hacer y fijar todos los nombramientos en el área episcopal de la que forma parte la conferencia anual.
3. Los nombramientos se harán teniendo en cuenta las necesidades, características y oportunidades de las congregaciones e instituciones, los dones y la evidencia de la gracia de Dios de los nombrados, y en fidelidad a nuestro compromiso con una itinerancia abierta. Itinerancia abierta significa que los nombramientos se hacen sin tener en cuenta la raza, el origen tribal o étnico, el género, la discapacidad, el estado civil o la edad.
4. Se fomentará el nombramiento a través de las líneas de la conferencia como una forma de crear movilidad e itinerancia abierta. 5. Los obispos y los gabinetes deberán compartir información sobre la oferta y la demanda en toda la iglesia.
5. Los nombramientos interraciales e interculturales se hacen como una respuesta creativa a la creciente diversidad racial y étnica en la iglesia y en su liderazgo. Los nombramientos interraciales y transculturales son los nombramientos de los clérigos a las congregaciones en las que la mayoría de sus miembros son diferentes de los propios antecedentes raciales/étnicos y culturales del clérigo. Las conferencias anuales deberán preparar al clero y a las congregaciones para los nombramientos interraciales e interculturales a través de una formación adecuada.
6. Fijación de nombramientos.
a. Nombramientos en las Conferencias Anuales Provisionales. En las Conferencias Anuales Provisionales, el papel de los presidentes pro tempore y los ancianos presidentes son críticos para el trabajo de desplegar el liderazgo del clero. El conocimiento y el discernimiento que los líderes locales aportan a este trabajo es esencial. De acuerdo con los párrafos 509-513, los presidentes pro tempore y los ancianos presidentes llevarán a cabo la labor de los nombramientos pastorales. Los presidentes pro tempore apoyarán y equiparán a los ancianos presidentes en esta tarea en colaboración y consulta con el obispo al que se le haya asignado la supervisión primaria de la conferencia. Antes de finalizar un nombramiento pastoral, los presidentes pro tempore comunicarán el nombramiento previsto al obispo. Un nombramiento se considera definitivo sólo cuando el obispo lo ha fijado. El presidente pro tempore completará y enviará el formulario de nombramiento pastoral al personal general de la Iglesia dentro de los 3 días de haberse fijado el nombramiento pastoral.
b. Nombramientos en distritos provisionales. Cuando no haya una conferencia anual provisional, sino uno o más distritos provisionales, el obispo al que se le haya asignado la supervisión primaria del (de los) distrito(s) apoyará y equipará al (a los) anciano(s) presidente(s) para la labor de los nombramientos pastorales, siguiendo las pautas de los párrafos 509-513. Los ancianos presidentes y los obispos colaborarán en el proceso de nombramiento. Los ancianos presidentes y los obispos colaborarán en el proceso de nombramiento. Un nombramiento se da por finalizado sólo cuando el obispo ha fijado el nombramiento. El anciano presidente completará y presentará el formulario de nombramiento pastoral al personal general de la Iglesia dentro de los 3 días siguientes a la fijación del nombramiento pastoral.
c. Nombramientos en áreas atendidas por un Equipo Asesor de la Conferencia Transitoria (TCAT). A medida que los TCAT trabajen hacia la formación de conferencias anuales provisionales, surgirán necesidades de nombramientos pastorales. En las áreas donde todavía no hay una conferencia anual provisional o distrito(s) provisional(es), el obispo asignado a esa área colaborará con el líder del TCAT en el trabajo de nombramientos pastorales, siguiendo las pautas de los párrafos 509-513. Un nombramiento se finaliza sólo cuando el obispo ha sido nombrado como líder del TCAT. Un nombramiento se dará por finalizado sólo cuando el obispo haya fijado el nombramiento. El líder del TCAT completará y presentará el formulario de nombramiento pastoral al personal general de la Iglesia dentro de los 3 días siguientes a la fijación del nombramiento pastoral.
d. Nombramientos a Iglesias en Áreas Servidas por un Equipo Asesor de Distrito Transitorio (TDAT) o Aún No Organizadas. A medida que continuamos construyendo la estructura de Iglesia Metodista Global habrá congregaciones que se unan a la Iglesia en áreas donde todavía no haya un TCAT, distrito(s) provisional(es) o una conferencia anual provisional. En estas áreas, los obispos consultarán y colaborarán con los líderes de la iglesia local, los líderes de área, el personal general de la Iglesia, junto con los presidentes pro tempore y los ancianos presidentes de otras áreas para atender las necesidades de nombramientos pastorales siguiendo las pautas de los párrafos 509-513. Un nombramiento es definitivo sólo cuando el obispo ha fijado el nombramiento. El obispo completará y presentará el formulario de nombramiento pastoral al personal general de la Iglesia dentro de los 3 días de haberse fijado el nombramiento pastoral.
7. Simultáneamente con el anuncio de cualquier nombramiento o grupo de nombramientos, el obispo o el presidente pro tempore entregará un informe al comité de la conferencia anual sobre el episcopado en el que se aborden los pasos específicos que se tomaron para asegurar que se consideraran personas de diversa raza, origen tribal o étnico, género, discapacidad, estado civil y edad para cada nombramiento. Dicho informe enumerará los nombramientos interraciales e interculturales que se hicieron y la medida en que se consideraron los nombramientos interraciales e interculturales en los casos en que no se hicieron. El comité de la conferencia anual sobre el episcopado será responsable de trabajar con el obispo y el gabinete para asegurar el cumplimiento de nuestro compromiso con la itinerancia abierta y con la consideración equitativa y justa de los clérigos de diversa raza, origen tribal o étnico, género, discapacidad, estado civil y edad durante el proceso de nombramiento. El comité de la conferencia anual sobre el episcopado informará anualmente al Comité General sobre el Episcopado el progreso de la conferencia anual en el cumplimiento de nuestro compromiso con la itinerancia abierta, y el Comité General sobre el Episcopado proporcionará anualmente instrucciones a los comités de la conferencia anual sobre el episcopado para mejorar el cumplimiento de la itinerancia abierta en cada conferencia anual.
La consulta es el proceso por el cual el obispo y/o el presbítero (superintendente de distrito) consultan con el pastor y el comité de relaciones pastor-parroquia, tomando en consideración los criterios de ¶ 511, la evaluación del desempeño del clero, las necesidades del nombramiento en consideración y la misión de la Iglesia. La consulta no es una mera notificación. La consulta no es la selección del comité ni el llamado de un pastor. El papel del comité de relaciones pastor-parroquia es consultivo, trabajando en colaboración con el obispo y el gabinete en nombre de toda la iglesia (Filipenses 1:4-6). El comité debe tener la oportunidad de opinar sobre la idoneidad de un nombramiento propuesto y plantear cualquier preocupación que pueda tener. Cuando un comité plantea inquietudes sustantivas y misionales sobre la idoneidad de un nombramiento, el obispo y el gabinete deben abordar dichas inquietudes al considerar si se hace el nombramiento. El obispo y el gabinete deben justificar su decisión ante el comité si hacen el nombramiento. La consulta es tanto un proceso continuo como una participación más intensa durante el período de cambio de nombramiento. El proceso de consulta es obligatorio en cada conferencia anual. El Consejo de Obispos hará responsables a sus miembros de la aplicación del proceso de consulta en la toma de nombramientos en sus respectivas áreas.
Los nombramientos durante el período que precede a la conferencia convocante deben tener en cuenta las necesidades únicas de un cargo, el contexto de la comunidad, y también los dones y la evidencia de la gracia de Dios de un pastor en particular. Para ayudar a los obispos, a los gabinetes, a los pastores y a las congregaciones a lograr una correspondencia efectiva entre los cargos y los pastores, se deben desarrollar y analizar los criterios en cada caso y luego compartirlos con los pastores y las congregaciones.
1. Congregaciones-Elanciano presidente (superintendente de distrito) desarrollará con el pastor y el comité de relaciones pastor-parroquia de cada iglesia un perfil que refleje las necesidades, características y oportunidades para la misión de la congregación en consonancia con la declaración de misión de Iglesia Metodista Global. Estos perfiles serán revisados y actualizados antes de que se haga un nombramiento.
2. Pastores-Elanciano presidente (superintendente de distrito) elaborará con el pastor un perfil que refleje los dones del pastor, la evidencia de la gracia de Dios, la experiencia profesional y las expectativas, y también las necesidades y preocupaciones del cónyuge y la familia del pastor. Estos perfiles serán revisados y actualizados antes de que se haga un nombramiento.
3. Elanciano presidente (superintendente de distrito) debe desarrollar perfiles de la comunidad con el pastor y el comité de relaciones pastor-pueblo. Las fuentes de información para estos perfiles podrían incluir: encuestas de vecindario; datos del censo local, estatal y nacional; información de la conferencia anual; y datos de investigación. Los perfiles deben ser revisados y actualizados antes de que se haga un nombramiento.
El clero es uno de los recursos vitales con los que cuenta Iglesia Metodista Global para hacer discípulos de Jesucristo y difundir la santidad bíblica por todo el país. Para llevar a cabo la misión que Dios nos ha dado, el clero debe ser eficaz en su liderazgo y ministerio. En consecuencia, dentro de Iglesia Metodista Global, ni los ancianos ni los diáconos tendrán derecho a un nombramiento garantizado. Si un obispo decide no nombrar a un miembro del clero, deberá justificar por escrito su decisión a la persona en cuestión. Los clérigos son libres de buscar un nombramiento en una conferencia anual que no sea la suya. Los diáconos y los ancianos que no estén bajo un nombramiento actual serán considerados inactivos (¶¶ 409.3, 410.3 respectivamente.)
Aunque el obispo informará de todos los nombramientos pastorales en cada sesión ordinaria de una conferencia anual, los nombramientos para los cargos pueden hacerse en cualquier momento que el obispo y el gabinete consideren conveniente. Los nombramientos se hacen con la expectativa de que la duración de los pastorados responda a las necesidades pastorales a largo plazo de los cargos, las comunidades y los pastores. El obispo y el gabinete deben trabajar para que los nombramientos en las iglesias locales sean plurianuales (en lugar de anuales) para facilitar un ministerio más eficaz.
1. Los obispos pueden nombrar a diáconos y ancianos para el ministerio fuera de la iglesia local. Dichos nombramientos se harán teniendo en cuenta los dones y la evidencia de la gracia de Dios del clérigo, las necesidades de la comunidad y la organización receptora. El nombramiento debe reflejar la naturaleza del ministerio ordenado como una respuesta fiel a la misión de la iglesia para satisfacer las necesidades emergentes en el mundo (¶ 403). Puede ser iniciado por el clérigo individual, la agencia que busca su servicio, el obispo o el anciano presidente (superintendente de distrito). Un proceso similar de consulta (¶511) estará disponible para las personas con nombramientos más allá de la iglesia local, según sea necesario y apropiado.
2. Los obispos pueden nombrar a diáconos y ancianos para que asistan a cualquier escuela, universidad o seminario teológico reconocido, o para que participen en un programa acreditado de educación pastoral clínica. Tales nombramientos son una categoría separada de los nombramientos a ministerios fuera de la iglesia local.
El Consejo de Liderazgo Transitorio determinará el número de obispos interinos en función del potencial misionero, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
1. El número de conferencias de cargos y el número de clérigos activos en áreas episcopales;
2. El tamaño geográfico de las áreas episcopales, medido por las millas cuadradas/kilómetros cuadrados, y el número de zonas horarias y naciones;
3. La estructura de las áreas episcopales, medida por el número de conferencias anuales, y el número total de miembros de la iglesia en todas las conferencias anuales, anuales provisionales, misioneras y misiones en las áreas episcopales.
4. El modelo de superintendencia existente.
5. El número de obispos que se transfieren a la Iglesia Metodista Global y que están disponibles para ser asignados.
1. Transferencia de Obispos. Un obispo de la Iglesia Metodista Unida o de otra iglesia metodista autónoma puede unirse a Iglesia Metodista Global mediante la transferencia del clero. La solicitud de traslado deberá incluir una afirmación explícita por escrito de las doctrinas y el Testimonio Social establecidos en este Libro de Transición de Doctrinas y Disciplina (¶¶ 101-202) y un acuerdo de acatar su disciplina. Los obispos que se transfieran también deberán aceptar respetar el Libro de Transición de Doctrinas y Disciplina. La transferencia del obispo está sujeta a la aprobación del Consejo de Liderazgo de Transición. Los obispos que se trasladen a Iglesia Metodista Global deberán estar disponibles para ser asignados interinamente durante el período anterior a la conferencia convocada a un área episcopal existente o recién formada por el Consejo de Liderazgo de Transición. El Concilio de Liderazgo de Transición podrá asignar a un obispo metodista unido retirado que se haya unido a Iglesia Metodista Global para que sirva como obispo interino de un área episcopal durante el período anterior a la conferencia convocante.
2. La Conferencia General convocante de la Iglesia Metodista Global podrá establecer el proceso de elección y asignación de obispos. Los que sean asignados como obispos interinos en virtud de este párrafo servirán en esa capacidad hasta que su sucesor sea asignado según el proceso que se determine. La Conferencia General convocante podrá disponer que los obispos interinos continúen sirviendo como obispos activos, siempre que cumplan los requisitos. Los obispos que se trasladen a Iglesia Metodista Global estarán sujetos a los límites de mandato establecidos por la Conferencia General convocante.
3. Un obispo jubilado que se una a Iglesia Metodista Global se convertirá en anciano principal y podrá llevar el título de obispo emérito. Un obispo emérito será miembro del clero de la conferencia anual de su elección y podrá servir en cualquier capacidad permitida para el clero superior (¶ 418). Un anciano principal que sirva como obispo interino antes de la convocatoria de la Conferencia General bajo el ¶ 516.1 no será considerado obispo emérito pero tendrá todos los privilegios y responsabilidades de un obispo activo.
A vacancy in the office of bishop may occur due to death, transition to senior status, resignation, administrative or judicial procedure, leave of absence, or medical leave. In case the assignment of a bishop to residential supervision of an episcopal area is terminated by any of the above causes or no bishop is assigned to provide residential supervision, the vacancy shall be filled by the Transitional Leadership Council from among active bishops, bishops emeriti, or by the appointment of a president pro tempore. A president pro tempore is an elder given responsibility for residential oversight for that area. A president pro tempore assigned to provide residential oversight for an area must reside in that area, unless the Transitional Leadership Council grants an exception for missional purposes. If such an exception is granted, the missional purpose must be clearly stated and the exception shall be limited in time, but renewable by further action of the Transitional Leadership Council.
1. Los obispos pueden optar por la categoría de ancianos (¶ 418) con la aprobación de la mayoría del Consejo de Liderazgo de Transición. 2. Los ancianos que anteriormente sirvieron como obispos pero que ahora no están sirviendo como obispos interinos pueden usar el título de "obispo emérito", pero no conservarán sus responsabilidades episcopales ni su membresía en el Concilio de Obispos a menos que hayan sido asignados por el Concilio de Liderazgo de Transición para servir en capacidad interina debido a una vacante dentro de un área episcopal por lo menos durante tres meses (¶ 516.1, .3).
2. Un obispo emérito será un miembro del clero de la conferencia anual de su elección y podrá servir en cualquier capacidad permitida para el clero superior (¶ 418).
1. El Consejo de Liderazgo de Transición podrá conceder a un obispo una licencia por una razón justificada de no más de seis meses. Durante el período en que se le conceda la licencia, el obispo será liberado de todas sus responsabilidades episcopales, y otro obispo elegido por el Concilio de Liderazgo de Transición presidirá en el área episcopal.
2. Licencia médica: El Consejo de Liderazgo de Transición podrá conceder a los obispos que, por razones de salud, estén temporalmente incapacitados para desempeñar su trabajo por completo, una licencia por una razón justificada de no más de seis meses. Durante el período en que se conceda la licencia, el obispo será liberado de todas sus responsabilidades episcopales, y otro obispo elegido por el Concilio de Liderazgo de Transición presidirá en el área episcopal. Si, una vez transcurrido el período de seis meses, el obispo sigue sin poder realizar su trabajo a pleno rendimiento debido a un deterioro de su salud, deberá solicitar las prestaciones por incapacidad a través del programa de prestaciones.
1. El liderazgo episcopal en Iglesia Metodista Global comparte con todas las demás personas ordenadas la sagrada confianza de su ordenación. El ministerio de los obispos, tal como se establece en el Libro Transitorio de Doctrinas y Disciplina, también se desprende de las Escrituras. Cuando un obispo viola esta confianza o es incapaz de cumplir con las responsabilidades apropiadas, la continuación en el cargo episcopal estará sujeta a revisión. Esta revisión tendrá como objetivo principal la resolución justa de cualquier violación de esta sagrada confianza, con la esperanza de que la obra de justicia, reconciliación y sanación de Dios pueda realizarse.
2. Toda queja relativa a la eficacia, competencia o a una o más de las ofensas enumeradas en el Libro de Doctrinas y Disciplina de Transición se presentará al presidente del Consejo de Liderazgo de Transición. Una queja es una declaración escrita en la que se alega mala conducta, desempeño insatisfactorio de los deberes ministeriales o una o más de las ofensas enumeradas.
3. La reclamación se administrará de acuerdo con las disposiciones de la Octava Parte: Administración Judicial. Cualquier cambio involuntario de estatus de un obispo debe ser recomendado por tres cuartos de los votos del comité investigador y aprobado por el Consejo de Liderazgo Transitorio por dos tercios de los votos (Práctica y Procedimiento Judicial 3).
1. Los obispos, aunque estén asignados a un área episcopal, son superintendentes generales de toda la Iglesia. Así como todos los ministros ordenados son elegidos primero como miembros de una conferencia anual y posteriormente son nombrados para cargos pastorales, así los obispos se convierten, por su elección, en miembros del Consejo de los Obispos antes de ser asignados posteriormente a áreas de servicio. En virtud de su elección y consagración, los obispos son miembros del Consejo de Obispos y están vinculados en un pacto especial con todos los demás obispos. De acuerdo con este pacto, los obispos cumplen con su liderazgo de servicio y expresan su responsabilidad mutua. El Consejo de Obispos es una comunidad de fe de confianza y preocupación mutua responsable del desarrollo de la fe y del bienestar continuo de sus miembros. Antes de la convocatoria de la Conferencia General de la Iglesia Metodista Global, los obispos interinos pueden comenzar a reunirse digitalmente o en persona como un Consejo de Obispos interino para proporcionarse apoyo mutuo y compartir las mejores prácticas, pero el Consejo no tendrá otras responsabilidades.
2. El Consejo de los Obispos es, pues, la expresión colegiada del liderazgo episcopal en la Iglesia y para la Iglesia y, a través de la Iglesia, para el mundo. La Iglesia espera que el Consejo de Obispos hable a la Iglesia y desde la Iglesia al mundo.
3. El Consejo de Obispos se compone de todos los obispos en activo y de los ancianos que sean asignados para servir como obispos interinos durante un mínimo de tres meses. No se asignarán fondos para ningún personal del Consejo. Los obispos eméritos que no sean designados para servir como obispos interinos no asistirán a las reuniones del Consejo de Obispos ni participarán en sus deliberaciones.
1. La página web Iglesia Metodista Global reconoce que la comunidad cristiana global trasciende las barreras denominacionales, ya que está formada por "todos los verdaderos creyentes bajo el señorío de Jesucristo", y puede encontrarse allí donde "se predique la palabra pura de Dios y se administren debidamente los sacramentos". La oración de Jesús en Juan 17 para que todos sus discípulos "sean uno" nos obliga a buscar una comunión más estrecha con hermanos y hermanas de diferentes comuniones. Tanto a nivel local como global, las comuniones cristianas comprometidas con la "fe que ha sido entregada una vez a los santos" (Judas 1:3) encontrarán en Iglesia Metodista Global un compañero dispuesto a participar en el culto, la evangelización, la formación de discípulos y las obras de misericordia.
2. Comisión de Unidad Wesleyana Transitoria.
a. El Consejo de Liderazgo de Transición nombrará una Comisión de Unidad Wesleyana de Transición que será presidida por un obispo de la Iglesia Metodista Global y estará compuesta por ocho personas adicionales.
b. La Comisión de Unidad Wesleyana de Transición presentará recomendaciones al Concilio de Liderazgo de Transición con respecto a la unión orgánica plena con otras denominaciones o asociaciones de iglesias wesleyanas, ya sea antes o en la Conferencia General que se convoque. La Comisión de Unidad Wesleyana de Transición recomendará al Consejo de Liderazgo de Transición si dichas denominaciones o asociaciones tendrán representación en la Conferencia General convocada, con voz y sin voto. En las discusiones sobre una mayor unión con otras denominaciones o asociaciones, se tendrá especial cuidado en mantener la doctrina, los principios morales y la política de Iglesia Metodista Global. El Consejo de Liderazgo de Transición tendrá la opción de aprobar un plan de unión que entre en vigor inmediatamente o de recomendar que dicho plan de unión sea aprobado en la Conferencia General que se convoque.
c. El Comité de Unidad Wesleyana Transitoria presentará recomendaciones para las relaciones de pacto con las Iglesias del Pacto Afiliadas bajo el ¶ 523.4 para ser aprobadas en la Conferencia General convocante.
1. Además de la cooperación ecuménica e intereclesiástica más amplia, Iglesia Metodista Global tiene un interés particular en fomentar una mayor unidad con otros grupos wesleyanos y metodistas que comparten una herencia común de teología, historia y política. La unidad entre los herederos espirituales de Juan Wesley es una esperanza y un deseo profundos de Iglesia Metodista Global, enraizada en nuestra herencia como movimiento "conectivo", que vincula a las congregaciones y conferencias en un ministerio cooperativo y un estímulo mutuo. Unas relaciones más estrechas con otros grupos wesleyanos proporcionan mayores oportunidades para la misión y la evangelización globales, el enriquecimiento de nuestra comprensión y práctica del ministerio, y el intercambio de recursos y experiencia.
2. Consejo Metodista Mundial. Fundado en el siglo XIX por las denominaciones predecesoras de Iglesia Metodista Global, el Consejo Metodista Mundial ha sido un foro eficaz para el desarrollo de la confraternidad transmetodista y el ministerio cooperativo. Tras su formación jurídica, la Iglesia Metodista Global solicitará la adhesión formal a la Conferencia Metodista Mundial.
3. Otros organismos transmetodistas. La Comisión de Unidad Wesleyana de Transición (véase el párrafo 522.2) se encarga de estudiar la conveniencia de que la Iglesia Metodista Global sea miembro de otras organizaciones transmetodistas, como el Consejo Metodista Asiático, el Consejo Metodista Europeo, la Alianza Wesleyana Mundial o la Comisión Panmetodista.
4. Relaciones de alianza con otras denominaciones cristianas o asociaciones de iglesias. La Iglesia Metodista Global acoge las relaciones de alianza con otras denominaciones cristianas o asociaciones de iglesias que no implican una unión orgánica con la Iglesia Metodista Global. Celebramos que algunos deseen explorar una relación más estrecha y formalizada, pero no unirse orgánicamente con la Iglesia Metodista Global. El propósito de establecer tales relaciones de alianza es mejorar nuestro testimonio cristiano mutuo y nuestra eficacia, y/o permitir un mayor alcance en regiones o naciones donde una u otra tiene poca o ninguna presencia. La Comisión de Unidad Wesleyana de Transición puede llevar a cabo conversaciones para establecer relaciones formales como Iglesias de Pacto Afiliadas antes de la convocatoria de la Conferencia General, tal como se establece en el párrafo 522.2, y presentar dichas recomendaciones a la Conferencia General para su aprobación. Estas relaciones de pacto pueden incluir el reconocimiento mutuo del bautismo y el ministerio ordenado, la comunión eucarística, la representación compartida en las asambleas de gobierno, y/o planes para compartir el ministerio y los recursos.
5. Unión con la Iglesia Metodista Global. Nos alegramos de que algunos organismos wesleyanos deseen explorar la plena unión orgánica con la Iglesia Metodista Global. La Comisión Transitoria de Unidad Wesleyana (¶ 522.2), o sus representantes designados, representarán a la Iglesia Metodista Global en las conversaciones relacionadas con la unión plena. Antes de la convocatoria de la Conferencia General, tales planes de unión pueden ser aprobados por la Conferencia de Liderazgo de Transición o pueden ser recomendados para su aprobación a la Conferencia General convocante. Dichos planes de unión deberán incluir (1) Una declaración de visión sobre un futuro preferido; (2) una declaración sobre la alineación doctrinal y teológica; y (3) un plan para la integración de los ministerios que incluya evidencia de consulta con todas las conferencias regionales directamente afectadas por el plan de unión.
a. Los planes que no requieran alteraciones al Libro de Doctrinas y Disciplina de Transición de la Iglesia Metodista Global serán ratificados por una mayoría simple de votos del Concilio de Liderazgo de Transición antes de la convocatoria de la Conferencia General y entrarán en vigor inmediatamente. El otro organismo wesleyano deberá haber votado a favor de la disolución de su propia estructura de gobierno para que entre en vigor en el momento de la ratificación del plan de unión por parte del Concilio de Liderazgo de Transición.
b. Los planes que requieran modificaciones en el Libro Transitorio de Doctrinas y Disciplina de la Iglesia Metodista Global requerirán una mayoría de tres cuartos de los votos de la Conferencia General convocante para su ratificación.